Centro de Mediación

El Centro de Mediación de la Bolsa de Comercio de Córdoba ofrece la posibilidad de gestionar conflictos con profesionales de larga y reconocida experiencia.

La instancia que se realiza en este Centro tiene plena validez legal y en caso que no se arribe a un acuerdo, la certificación de dicho resultado, permite la promoción del proceso judicial. Asimismo, las partes en conflicto cuentan con otra opción: Someter su diferendo a la decisión del prestigioso Tribunal Arbitral a fin que laude sobre el mismo o los convoque a un proceso de conciliación arbitral para que las propias partes, a sugerencia de los árbitros, encuentren la resolución más adecuada a sus respectivos intereses.

INSTITUCIONALIDAD

Primer centro de mediación institucional en la ciudad de Córdoba, integrante de un sistema multipuertas para la resolución de conflictos.

TIEMPO DE RESOLUCIÓN

Celeridad en los los procesos de resolución de conflicto.
La ley de mediación Nº 10543 prevé en su artículo 30 un plazo máximo de 60 días hábiles a partir de la primera reunión. Sólo se puede prorrogar por otro plazo similar si hay acuerdo entre las partes.

SISTEMA MULTIPUERTAS

Las partes en conflicto que no logren alcanzar un acuerdo en el proceso de mediación, pueden someter su diferendo a la decisión del Tribunal Arbitral a fin que laude sobre el mismo o los convoque a un proceso de conciliación arbitral para que encuentren la resolución más adecuada a sus intereses.

Inicia tu Trámite

Si desea que intervengamos en una mediación voluntaria o prejudicial obligatoria, por favor complete el formulario de requerimiento de mediación. Si hay más de un requirente o requerido/a, deberá completar el anexo para participantes adicionales
Si desea que en el proceso participe algún/a mediador/a de nuestro equipo, puede indicarlo en el formulario de requerimiento, dentro del espacio destinado a observaciones (solicito que intervenga el/la mediador/a ………………………)

Una vez completos y firmados por requirente/s y letrado/a/s, continúe con los siguientes pasos:

  1. Ingresar al CIDI
  2. E-trámites
  3. Multinota, mediación prejudicial obligatoria
  4. Cargar formulario de solicitud de mediación y anexos (si los hubiere) todo mecanografiado y documentación
  5. En comentarios indicar que el Centro de Mediación elegido es el de la Bolsa de Comercio de Córdoba, partes, motivo, objeto del reclamo, caso contrario le darán trámite en el Centro Público.

  6. Asimismo, allí debe consignarse la modalidad mediante la que desea realizar la mediación (presencial o virtual).

  7. Una vez confirmado se arrojará sticker que da número al trámite de Mediación-
  8. Enviar por mail a mediacion@bolsacba.com.ar dicho número de sticker y adjuntar nuevamente la documentación.


MEDIACION «ON LINE» PREJUDICIAL OBLIGATORIA

Mediante el dictado de la Resolución Nº 190 del 16 de junio de 2022, la Dirección de Mediación de la Provincia de Córdoba ha dispuesto que los procesos de mediación se desarrollen de manera presencial.
Si el profesional o su cliente tienen motivos para solicitar que dicho proceso se celebre en la forma que se venía desarrollando hasta ahora (de manera virtual on line) solicítelo en la parte donde dice «Describa con exactitud el objeto o rubros de su reclamo» expresando alguna de las causales previstas en el art. 20 de la ley de Mediación Nº 10543

Mediación electrónica. Artículo 20.- El proceso de mediación puede realizarse por medio de tecnologías de la información y comunicación cuando alguna de las partes manifieste su imposibilidad material de concurrir por razones de salud, distancia u otro motivo debidamente justificado, siempre que la sede del Centro Judicial de Mediación interviniente tenga a su alcance los medios tecnológicos necesarios. El sistema de comunicación utilizado debe respetar los principios y garantías del proceso de mediación

TIPS PARA MAXIMIZAR LAS POSIBILIDADES DE ACUERDO

En los procesos de mediación se intenta convencer a la otra parte sobre la legitimidad y/o legalidad de lo requerido y sobre la posibilidad de alcanzar el objetivo del requerimiento en sede judicial y/o arbitral.


La tramitación de prueba anticipada, la realización de una pericia o la exposición de algún testigo durante el proceso de mediación, pueden proporcionar datos objetivos para aproximar las posiciones de las partes.


Las medidas cautelares trabadas con anterioridad a la mediación pueden concientizar sobre los riesgos que implica la subsistencia del conflicto.



Equipo de Mediadores

DIRECTOR

NORBERTO DANIEL BARMAT
Mediador Matrícula 98
Abogado UBA - Doctor en Derecho y Ciencias Sociales UNC - Ex docente Universitario de la UNC y UCC


MEDIADORES ADHERENTES

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